El modelo 303 es la declaración con la que el autónomo liquida el IVA cada trimestre. La idea es sencilla: el IVA que cobras a tus clientes no es tuyo, es de Hacienda; y el IVA que pagas en tus compras de la actividad puedes recuperarlo. El 303 es la resta entre ambos.
En esta guía te explicamos quién lo presenta, cuándo, qué casillas importan y cómo hacerlo con un ejemplo completo.
Qué es el modelo 303
Es la autoliquidación periódica del IVA. En ella declaras:
- IVA devengado (repercutido): el que has cobrado en tus facturas emitidas.
- IVA deducible (soportado): el que has pagado en facturas de gastos e inversiones de la actividad.
- Si es positivo, lo ingresas a Hacienda.
- Si es negativo, lo compensas en los trimestres siguientes o, en el último trimestre del año, puedes pedir la devolución.
Quién debe presentarlo
Todos los empresarios y profesionales que realicen operaciones sujetas a IVA en régimen general, es decir, la gran mayoría de autónomos.
No lo presentan, entre otros, quienes realicen exclusivamente actividades exentas de IVA (por ejemplo, determinadas actividades sanitarias o de enseñanza reglada) o quienes estén en regímenes con modelos propios. Las grandes empresas y quienes están en el Suministro Inmediato de Información (SII) lo presentan de forma mensual.
Plazos
| Trimestre | Plazo | Con domiciliación |
|---|---|---|
| 1T | 1 – 20 de abril | Hasta el 15 de abril |
| 2T | 1 – 20 de julio | Hasta el 15 de julio |
| 3T | 1 – 20 de octubre | Hasta el 15 de octubre |
| 4T | 1 – 30 de enero | Normalmente hasta el 25 de enero |
Con el 303 del cuarto trimestre se presenta, en el mismo plazo, el resumen anual (modelo 390), salvo los sujetos exonerados que indica la AEAT. Consulta todas las fechas en el calendario fiscal.
Los tipos de IVA
| Tipo | Porcentaje | Ejemplos |
|---|---|---|
| General | 21% | La mayoría de servicios profesionales y bienes |
| Reducido | 10% | Hostelería, transporte de viajeros, algunas obras en vivienda |
| Superreducido | 4% | Alimentos básicos, libros, medicamentos |
Además, hay operaciones exentas (sin IVA) y operaciones con inversión del sujeto pasivo, en las que el IVA lo declara el cliente, no tú.
Cómo rellenarlo paso a paso
Paso 1: Reúne tus libros del trimestre
Necesitas el libro de facturas emitidas y el de facturas recibidas del trimestre, con bases imponibles y cuotas de IVA separadas por tipo. Tu programa de facturación suele generarlos automáticamente.
Paso 2: Accede al formulario
Entra en la Sede Electrónica de la AEAT › IVA › Modelo 303 › Presentación, con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Rellena la identificación: NIF, ejercicio y periodo (1T, 2T, 3T o 4T).
Paso 3: IVA devengado (casillas 01 a 09)
Se anotan las bases imponibles y cuotas de tus ventas y servicios, separadas por tipo:
- Casillas 01 a 03: operaciones al 4%.
- Casillas 04 a 06: operaciones al 10%.
- Casillas 07 a 09: operaciones al 21%.
Más abajo hay casillas específicas para adquisiciones intracomunitarias e inversión del sujeto pasivo, si te afectan.
Paso 4: IVA deducible
Anota el IVA soportado en tus gastos e inversiones de la actividad, distinguiendo entre:
- Operaciones interiores corrientes (gastos del día a día).
- Bienes de inversión (equipos de cierto valor que amortizas).
- Importaciones y adquisiciones intracomunitarias, si las tienes.
Solo es deducible el IVA de gastos relacionados con la actividad y documentados con factura completa a tu nombre (ver gastos deducibles).
Paso 5: Resultado
El formulario calcula la diferencia. Si en trimestres anteriores te quedó IVA a compensar, puedes aplicarlo ahora. Después eliges cómo pagar (domiciliación, cargo en cuenta o NRC) o, si sale negativo, si lo compensas o, en el 4T, solicitas la devolución.
Paso 6: Información adicional del 4T
En la última autoliquidación del año, si estás exonerado del 390, hay que completar unas casillas informativas (por ejemplo, el volumen anual de operaciones).
Paso 7: Presenta y guarda el justificante
Descarga el PDF con el código seguro de verificación. Es tu prueba de presentación.
Ejemplo resuelto
Laura, diseñadora, factura en el primer trimestre:
| Concepto | Base | IVA |
|---|---|---|
| Servicios al 21% | 9.000 € | 1.890 € |
| IVA devengado | 1.890 € | |
| Gastos corrientes (software, gestoría, material) | 1.200 € | 252 € |
| Ordenador nuevo (bien de inversión) | 1.500 € | 315 € |
| IVA deducible | 567 € | |
| Resultado a ingresar | 1.323 € |
Laura ingresa 1.323 € antes del 20 de abril (o del 15, si domicilia). La retención de IRPF que le aplicaron sus clientes no aparece aquí: se declara en el IRPF (ver modelo 130).
Casos especiales frecuentes
- Clientes de otros países de la UE: si prestas servicios a empresas de la UE y estás dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), normalmente facturas sin IVA y lo declaras en el 303 y en el modelo 349 (ver facturas a clientes de la UE).
- Clientes fuera de la UE: muchos servicios se consideran no sujetos al IVA español.
- Facturas impagadas: existe un procedimiento para recuperar el IVA de facturas que no cobras, con plazos y requisitos estrictos (ver qué hacer si un cliente no paga).
- Prorrata: si combinas actividades con y sin derecho a deducción, solo deduces una parte del IVA soportado.
Errores frecuentes
- Deducir IVA de gastos personales o sin factura completa (los tiques simplificados no siempre permiten deducir).
- Declarar el IVA por fecha de cobro en vez de por fecha de factura (salvo que estés en el régimen especial de criterio de caja).
- No presentar el 303 cuando sale a cero.
- Olvidar el 390 en enero cuando estás obligado.
- Pedir la devolución en trimestres intermedios (en general, solo se puede pedir en el 4T, salvo régimen de devolución mensual).
- Gastar el IVA cobrado como si fuera ingreso propio.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el 303 si no he tenido actividad?
Sí, si estás obligado, se presenta con resultado cero.
¿Puedo deducir el IVA del coche?
Con carácter general, el IVA de vehículos se presume deducible al 50% si se usan para la actividad, salvo excepciones (por ejemplo, transporte o comerciales). Debes poder justificar el uso (ver cómo deducir el coche).
¿Qué pasa si me equivoco?
Puedes presentar una autoliquidación complementaria (si sale más a ingresar) o solicitar una rectificación (si ingresaste de más).
¿Cuándo me devuelve Hacienda el IVA?
Si en el 4T el resultado es a devolver y lo solicitas, la AEAT dispone de un plazo legal para devolver; si se retrasa, debe abonar intereses.
Fuentes oficiales
- AEAT, instrucciones del modelo 303.
- AEAT, folleto de actividades económicas: modelos de autoliquidación del IVA.
- Ley 37/1992 del IVA (BOE).
Última revisión: noviembre de 2026. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional.