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Gastos no deducibles que Hacienda suele rechazar a los autónomos

Por Aitor Garcia Actualizado: 4 min de lectura


Una comprobación de Hacienda a un autónomo casi siempre empieza por los gastos. Y los rechazos se repiten: el coche, las comidas, la ropa, los gastos personales… Cuando Hacienda elimina un gasto, sube tu beneficio y puede llegar una liquidación con intereses y una sanción (ver recargos y sanciones).

Esta es la lista de gastos que con más frecuencia no se admiten y por qué.

Gastos no deducibles por ley

El Impuesto sobre Sociedades, al que remite la Ley del IRPF para calcular el rendimiento de las actividades, enumera gastos que nunca son deducibles. Los más relevantes para un autónomo:

GastoPor qué no
Multas, sanciones y recargos (de Hacienda, tráfico, Seguridad Social)Expresamente excluidos
El propio IRPFEs el impuesto sobre tu renta, no un gasto
Donativos y liberalidadesExcluidos como gasto (tienen su propia deducción en la Renta)
Gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídicoExcluidos
Pérdidas del juegoExcluidas

Las atenciones a clientes o proveedores no se consideran liberalidades, pero están limitadas al 1% de la cifra de negocios (ver comidas y viajes).

Los rechazos más habituales en la práctica

1. El coche de uso mixto

En el IRPF, un turismo solo es deducible si se usa exclusivamente en la actividad (con excepciones como transportistas o agentes comerciales). Si lo usas también en tu vida personal, Hacienda rechazará la amortización, la gasolina, el seguro y las reparaciones. En el IVA, en cambio, se presume un uso profesional del 50% (ver coche).

2. Comidas sin relación con la actividad

El menú del día en tu ciudad, comidas pagadas en efectivo, comidas familiares o importes por encima de los límites diarios (26,67 € en España sin pernoctar). También el IVA de las comidas con clientes.

3. Ropa de calle

Traje, zapatos o ropa “para ir a reuniones” no son deducibles, porque pueden usarse en la vida privada. Sí lo son los uniformes, la ropa de protección o el vestuario de uso exclusivamente profesional (por ejemplo, de un actor en escena).

4. Suministros de casa mal calculados

Deducir el 50% o el 100% de la luz y el internet de casa en lugar del 30% de la proporción de metros afectos, o deducirlos sin haber declarado la afectación en el modelo 036 (ver trabajar desde casa).

5. Gastos sin factura o con factura a nombre de otro

Tiques sin datos, facturas a nombre de tu pareja o de otra empresa, o gastos sin ningún justificante. Sin factura completa a tu nombre, la deducción es muy difícil de defender, y el IVA no se puede deducir.

6. Equipos de uso personal

Un móvil, una tablet o un ordenador que usa toda la familia. Para deducirlos, deben estar afectos a la actividad. Y si cuestan más de 300 €, se amortizan, no se deducen de una vez (ver amortización).

7. Viajes con componente personal

Vacaciones disfrazadas de viaje de trabajo, billetes de acompañantes o días extra de ocio.

8. Gimnasio, peluquería, estética

Son gastos personales, salvo casos muy específicos y justificados (por ejemplo, determinadas actividades artísticas o deportivas profesionales).

9. Formación sin relación con la actividad

Un máster o curso que no guarda relación con lo que facturas, o que prepara un cambio de profesión.

10. Gastos de la vivienda no afecta

Alquiler, comunidad o IBI de tu casa cuando no tienes ninguna parte afecta declarada.

Cómo protegerte

  1. Pregunta siempre: ¿tendría este gasto si no tuviera mi actividad? Si la respuesta es sí, probablemente sea personal.
  2. Factura completa a tu nombre y pago con medios electrónicos.
  3. Anota el motivo en los gastos que puedan parecer personales.
  4. Respeta los límites legales (manutención, suministros, seguro de salud, atenciones a clientes).
  5. Declara la afectación de bienes y espacios en el modelo 036 cuando corresponda.
  6. Ante la duda, consulta: un gestor o una consulta vinculante a la DGT.

Qué pasa si Hacienda rechaza un gasto

  • Recalcula tu rendimiento y tu cuota de IRPF (y el IVA, si lo dedujiste).
  • Te reclama la diferencia con intereses de demora.
  • Puede abrir un procedimiento sancionador: la sanción por dejar de ingresar suele partir del 50% de lo no ingresado, con reducciones del 30% por conformidad y del 40% por pronto pago (ver recargos y sanciones).

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir un gasto si lo pago desde la cuenta del negocio?

No basta. Lo que importa es su relación con la actividad, no la cuenta de la que sale el dinero.

¿Y si ya deduje algo que no debía?

Puedes presentar una declaración complementaria por tu cuenta: pagarás un recargo, pero evitarás la sanción.

¿Hacienda acepta un porcentaje “razonable” de un gasto mixto?

Depende del gasto. En inmuebles divisibles sí se admite la proporción; en bienes indivisibles como el coche, el IRPF exige afectación exclusiva.

Fuentes oficiales

Última revisión: noviembre de 2026. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional.