Un autónomo no tiene detrás una empresa que responda por él. Si un cliente te reclama por un error, si te rompes una pierna o si se inunda tu local, el problema es tuyo. Te explicamos qué te cubre ya la Seguridad Social, qué seguros son obligatorios y cuáles conviene valorar.
Lo que ya te cubre la cuota de autónomos
Desde 2019, la cotización al RETA incluye obligatoriamente:
| Cobertura | Qué te da |
|---|---|
| Incapacidad temporal (baja por enfermedad o accidente) | 60% de la base reguladora del día 4 al 20 y 75% desde el día 21; si es accidente laboral, 75% desde el día siguiente (ver baja por enfermedad) |
| Contingencias profesionales (accidente de trabajo, enfermedad profesional) | Prestaciones específicas a través de tu mutua |
| Cese de actividad («paro del autónomo») | Prestación si cierras por causas justificadas (ver cese de actividad) |
| Nacimiento y cuidado de menor | Prestación por maternidad y paternidad |
| Jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia | Pensiones públicas |
| Asistencia sanitaria pública | Sistema Nacional de Salud |
El problema no es tanto la falta de cobertura como su cuantía: si cotizas por la base mínima, las prestaciones son bajas.
Seguros obligatorios (solo para algunas actividades)
No existe un seguro privado obligatorio para todos los autónomos. La obligación depende de tu actividad:
| Seguro | Quién está obligado |
|---|---|
| Responsabilidad civil profesional | Profesiones sanitarias (Ley 44/2003), abogados y otras profesiones colegiadas según sus normas, instaladores, agencias de viajes, determinadas actividades de construcción, mediadores de seguros, entre otras |
| Seguro obligatorio del vehículo | Todo propietario de un vehículo a motor |
| RC del local o la actividad | Algunas actividades con licencia municipal o normativa autonómica (hostelería, espectáculos…) |
| Accidentes de convenio | Si tienes empleados y el convenio colectivo lo exige |
Consulta las normas de tu colegio profesional, tu ayuntamiento y tu comunidad autónoma. La Dirección General de Seguros mantiene un Registro de Seguros Obligatorios.
Seguros recomendables según tu caso
Responsabilidad civil (general y profesional)
Cubre los daños que causes a terceros: un error en un proyecto, una mancha en casa de un cliente, una lesión en tu local. Es el seguro más recomendable para la mayoría. La prima media de las pólizas de RC contratadas por autónomos ronda los 120 € al año, aunque varía mucho según actividad y capital asegurado.
Seguro de baja laboral (incapacidad temporal privada)
Complementa la prestación pública con una cantidad diaria. Muy útil si tus gastos fijos son altos o cotizas por bases bajas. Lo vemos en detalle en seguro de baja para autónomos.
Seguro de salud
Agiliza pruebas y especialistas, y es deducible hasta 500 € por persona al año en estimación directa. Ver seguro de salud para autónomos.
Seguro multirriesgo del local o de los equipos
Si tienes local, taller o equipo caro (cámaras, maquinaria, ordenadores), protege frente a incendio, robo, daños por agua o averías.
Seguro de accidentes
Indemniza por fallecimiento o invalidez por accidente. Recomendable en actividades físicas o con mucho desplazamiento.
Seguro de vida
Protege a tu familia si faltas. Especialmente relevante si tienes hipoteca o personas a tu cargo.
¿Qué seguros son deducibles?
| Seguro | IRPF (estimación directa) |
|---|---|
| RC profesional y del local | Deducible al 100% como gasto de la actividad |
| Multirriesgo del local y equipos | Deducible |
| Seguro del vehículo | Solo si el vehículo está afecto a la actividad (ver deducir el coche) |
| Salud (tú, cónyuge e hijos menores de 25 que convivan) | Hasta 500 € por persona (1.500 € con discapacidad) |
| Seguro de baja privado | Tratamiento discutido; consulta tu caso |
| Vida y accidentes personales | En general no deducibles como gasto de la actividad |
Los seguros están exentos de IVA, así que la ventaja fiscal es solo en el IRPF.
Prioridades según tu perfil
| Perfil | Por dónde empezar |
|---|---|
| Consultor, diseñador o programador | RC profesional, seguro de baja |
| Oficios (fontaneros, electricistas, reformas) | RC general y profesional, accidentes, vehículo |
| Sanitarios y fisioterapeutas | RC profesional (obligatoria), seguro de baja |
| Comercio u hostelería con local | Multirriesgo, RC del local |
| Con hijos o hipoteca | Vida y seguro de baja |
Errores frecuentes
- Creer que la cuota de autónomos no cubre la baja (sí la cubre, aunque con importes modestos).
- Contratar RC general cuando tu riesgo es profesional (errores en tu trabajo).
- No revisar exclusiones y límites de la póliza.
- Contratar el seguro de salud a nombre de una sociedad y querer deducirlo como autónomo.
- No actualizar capitales cuando creces.
Preguntas frecuentes
¿El seguro de RC es obligatorio para todos los autónomos?
No. Solo en profesiones y actividades donde lo exige la normativa. Aun así, suele ser muy recomendable.
¿Puedo contratar los seguros a través de mi asociación o colegio?
Sí, y a menudo con mejores condiciones colectivas.
¿Cuánto debería gastar en seguros?
Depende de tu riesgo, pero conviene priorizar lo que podría arruinarte (una reclamación grande o meses sin trabajar) frente a coberturas menores.
Fuentes
- Real Decreto-ley 28/2018 (cobertura obligatoria de contingencias en el RETA desde 2019) (BOE)
- Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, art. 46 (BOE)
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 30.2.5ª.a) (seguro de enfermedad) (BOE)
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Registro de Seguros Obligatorios
Última revisión: noviembre de 2026. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional.