Una de las dudas más habituales antes de empezar como autónomo es muy práctica: ¿qué papeles necesito? La buena noticia es que, para la mayoría de personas, la lista es corta y casi todo se hace por internet. La mala es que algunos casos (extranjeros, menores, actividades reguladas, locales) añaden requisitos que conviene conocer antes de empezar.
En este artículo repasamos la documentación básica, la que depende de tu situación y la que podría pedirte tu actividad, para que no te quedes a medias en pleno trámite. Si prefieres el proceso completo paso a paso, tienes la guía de alta de autónomo.
Resumen rápido
Para el caso más habitual (persona física, residente en España, actividad sin requisitos especiales) necesitas:
- DNI o NIE en vigor.
- Sistema de identificación digital: Cl@ve permanente, certificado digital o DNI electrónico.
- Número de afiliación a la Seguridad Social.
- Cuenta bancaria (IBAN) para domiciliar la cuota.
- Datos de la actividad: descripción, epígrafe del IAE, código CNAE y fecha de inicio.
- Domicilio fiscal y de la actividad.
Con eso puedes presentar el alta en Hacienda (modelo 036) y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Documentación básica, una por una
1. DNI o NIE
Es el documento de identidad que usarás en ambos trámites. Compruébala antes de empezar: si está caducado o a punto de caducar, renuévalo, porque la caducidad puede bloquearte el acceso a la sede electrónica.
2. Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico
Para hacer el alta online necesitas un método de identificación:
| Método | Qué es | Comentario |
|---|---|---|
| Cl@ve permanente | Usuario y contraseña más clave temporal en el móvil | Se solicita online o en una oficina; hay que registrarse antes |
| Certificado digital | Archivo instalado en el ordenador o el móvil | Se obtiene con cita en un organismo emisor (por ejemplo, FNMT) |
| DNI electrónico | DNI con chip y PIN | Requiere lector o móvil compatible |
3. Número de afiliación a la Seguridad Social
Si has trabajado antes por cuenta ajena, ya lo tienes (aparece en tu vida laboral o en una nómina). Si nunca has cotizado, la propia Seguridad Social te lo asigna al tramitar el alta, pero conviene confirmarlo si vas a hacer el trámite por tu cuenta.
4. Cuenta bancaria (IBAN)
La cuota de autónomos se cobra por domiciliación bancaria, por lo que necesitas un IBAN en el que seas titular. Para personas físicas no es obligatorio tener una cuenta distinta para la actividad, aunque separar cuentas facilita mucho la contabilidad.
5. Datos de la actividad
No son un documento, pero te los pedirán en el formulario:
- Descripción breve de lo que harás.
- Epígrafe del IAE que mejor la define (mira nuestra guía de epígrafes).
- Código CNAE, que clasifica tu actividad para la Seguridad Social.
- Fecha de inicio prevista.
- Si vas a tener clientes en otros países, convendrá saber ya que tendrás que tratar el IVA de forma distinta.
6. Domicilio
Necesitarás el domicilio fiscal (normalmente tu domicilio habitual) y, si es distinto, el domicilio donde ejerces la actividad. Si trabajas desde casa, suelen coincidir.
Documentación según tu situación
Si eres extranjero
- Ciudadanos de la UE/EEE: necesitas tu NIE (y el certificado de registro de ciudadano de la Unión, si procede) y los mismos datos que cualquier otra persona.
- Ciudadanos de fuera de la UE: además del NIE, necesitarás una autorización de residencia que permita trabajar por cuenta propia. Sin ese permiso no puedes darte de alta. El trámite depende de tu tipo de residencia, así que consulta con Extranjería o un abogado de extranjería antes de empezar.
Si eres menor de edad (16 o 17 años)
Se puede ser autónomo a partir de los 16, pero necesitas autorización de tus padres o tutores (o la emancipación, si procede). El trámite se hace con documentación adicional que acredite esa autorización.
Si ya trabajas por cuenta ajena (pluriactividad)
No se pide documentación distinta para el alta, pero debes informar de tu situación en el formulario. Puede afectar a la cuota, a las bonificaciones y a la tarifa plana.
Si vas a ser autónomo societario o administrador de una sociedad
Necesitarás documentación de la sociedad (escritura, CIF y datos de participación o administración). Es un camino distinto y más complejo; si dudas entre ser autónomo individual o montar una SL, lee autónomo o sociedad limitada.
Si vas a ayudar a un familiar (autónomo colaborador)
Hay requisitos de parentesco y convivencia, y no se aplican algunas bonificaciones. Consulta a la Seguridad Social, porque este caso tiene reglas específicas.
Documentación que depende de tu actividad
Hay profesiones y negocios que no pueden empezar solo con el alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Según tu caso, podrías necesitar:
| Si vas a… | Probablemente necesitas… |
|---|---|
| Abrir un local, tienda o bar | Licencia de apertura o declaración responsable en tu ayuntamiento |
| Ejercer una profesión colegiada (abogado, arquitecto, psicólogo…) | Colegiación y, a veces, seguro de responsabilidad civil |
| Trabajar con alimentos | Registro sanitario y curso de manipulador de alimentos |
| Ser transportista, VTC o taxista | Autorizaciones y licencias específicas de transporte |
| Dar formación o actividades reguladas | Acreditaciones o habilitaciones del sector |
| Vender online a clientes de la UE | Alta en el régimen de ventanilla única de IVA (OSS), si procede |
Cada comunidad autónoma y cada ayuntamiento tiene sus propias normas, así que verifica los requisitos de tu actividad concreta antes de empezar a facturar.
Qué NO necesitas para darte de alta
Hay mitos que conviene descartar:
- No necesitas un local si trabajas desde casa (salvo que tu actividad lo requiera).
- No necesitas un gestor: es opcional.
- No necesitas capital mínimo ni formación obligatoria para la mayoría de actividades.
- No necesitas tener ya clientes ni facturas: puedes darte de alta antes de facturar.
- No tienes que pagar nada en Hacienda por el alta ni por el IAE si eres persona física, ya que estás exento, aunque debes darte de alta en el epígrafe.
Documentos que te convendrá tener preparados después
No son necesarios para el alta, pero te ahorrarán problemas desde el primer día:
- Justificante de alta en Hacienda (modelo 036 presentado).
- Resolución o justificante de alta en el RETA, para acreditar la actividad ante clientes o bancos.
- Certificado de estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social: lo pedirán si pides subvenciones, contratas con administraciones o solicitas financiación.
- Plantilla de factura con tus datos fiscales.
- Contrato tipo con clientes, si trabajas por proyectos.
- Copia de tu seguro (responsabilidad civil, salud o accidentes), si lo tienes.
Errores frecuentes con la documentación
- Esperar al último momento para tramitar la Cl@ve o el certificado digital.
- Tener el DNI o NIE caducado y descubrirlo al entrar en la sede.
- Usar datos distintos en Hacienda y en la Seguridad Social (domicilio, actividad, fecha de inicio).
- Olvidar licencias locales o autorizaciones sectoriales antes de abrir.
- Dar de alta una cuenta bancaria que no es tuya, y que luego rechaza la domiciliación.
- No guardar los justificantes del alta (PDF) que se descargan al final del trámite.
Checklist final
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta como autónomo sin Cl@ve ni certificado digital?
Sí, de forma presencial, con cita previa en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social, o a través de un gestor que actúe en tu nombre. Online, necesitas un sistema de identificación digital.
¿Necesito presentar el contrato de alquiler del local?
No para el alta en sí. Pero si abres un local, es probable que te lo pida el ayuntamiento para la licencia o declaración responsable.
¿Qué pasa si me equivoco con el epígrafe o con un dato?
Puedes modificar tu declaración censal posteriormente presentando de nuevo el modelo 036. Es mejor corregir pronto que esperar a que Hacienda detecte la incoherencia.
¿Puedo darme de alta si tengo deudas con Hacienda o la Seguridad Social?
Se puede tramitar el alta, pero no podrás acceder a la tarifa plana ni a ciertas bonificaciones si tienes deudas pendientes. Lo recomendable es regularizarlas antes.
¿Necesito un seguro obligatorio?
Para la mayoría de actividades no existe un seguro obligatorio para darse de alta. Algunas profesiones reguladas sí exigen seguro de responsabilidad civil. Consulta la normativa de tu sector.
Fuentes oficiales para contrastar la información
- Seguridad Social: portal Import@ss y sección de trabajadores autónomos.
- Agencia Tributaria (AEAT): Sede electrónica y declaración censal (modelo 036).
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones / Extranjería: autorizaciones para trabajar por cuenta propia.
- Tu ayuntamiento y tu comunidad autónoma: licencias, registros y requisitos sectoriales.
Última revisión: noviembre de 2026. Los requisitos documentales pueden variar según tu situación y tu actividad; verifícalos siempre en fuentes oficiales o con un gestor. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional.