Desde enero de 2023, la cuota de autónomos ya no es una cantidad que eliges libremente: depende de tus rendimientos netos reales. Hay 15 tramos, y en cada uno puedes elegir una base de cotización entre un mínimo y un máximo. Cuanto más ganas, más cotizas.
En esta guía te explicamos cómo funciona, te mostramos la tabla de tramos de 2026 y te enseñamos a calcular tu cuota paso a paso.
Cómo funciona el sistema por tramos
- Estimas tus rendimientos netos mensuales del año (ingresos menos gastos deducibles; en el artículo siguiente te explicamos cómo calcularlos).
- Eliges el tramo que corresponde a esa previsión.
- Escoges una base de cotización dentro del mínimo y máximo de tu tramo.
- Aplicas el tipo de cotización y obtienes la cuota mensual.
- Ajustas durante el año si tus ingresos cambian (hasta seis veces al año; ver cómo cambiar de tramo).
- La Seguridad Social regulariza más adelante comparando lo cotizado con tus ingresos reales (lo vemos en regularización de cuotas).
El tipo de cotización en 2026
La cuota mensual es la base de cotización multiplicada por el tipo total, que se compone de varias partidas:
| Concepto | Tipo aproximado |
|---|---|
| Contingencias comunes | 28,3% |
| Contingencias profesionales | 1,3% |
| Cese de actividad | 0,9% |
| Formación profesional | 0,1% |
| MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), a cargo del autónomo | 0,9% |
| Total aproximado | ~31,5% |
Son los tipos fijados en el artículo 18 de la orden de cotización para 2026. Cambian cada año, así que revísalos en cada nueva orden.
Tabla de tramos y bases de cotización 2026
La normativa divide los tramos en una tabla reducida (rendimientos hasta 1.166,70 €/mes, tramos 1 a 3) y una tabla general (el resto, que la orden numera del 1 al 12 y aquí mostramos como tramos 4 a 15). La cuota mínima estimada se calcula aplicando el tipo total sobre la base mínima del tramo.
| Tramo | Rendimientos netos mensuales (€) | Base mínima (€) | Base máxima (€) | Cuota mínima estimada (€/mes) |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 670 | 653,59 | 718,94 | ~206 |
| 2 | 670 – 900 | 718,95 | 900 | ~226 |
| 3 | 900 – 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70 | ~268 |
| 4 | 1.166,70 – 1.300 | 950,98 | 1.300 | ~300 |
| 5 | 1.300 – 1.500 | 960,78 | 1.500 | ~303 |
| 6 | 1.500 – 1.700 | 960,78 | 1.700 | ~303 |
| 7 | 1.700 – 1.850 | 1.143,79 | 1.850 | ~360 |
| 8 | 1.850 – 2.030 | 1.209,15 | 2.030 | ~381 |
| 9 | 2.030 – 2.330 | 1.274,51 | 2.330 | ~401 |
| 10 | 2.330 – 2.760 | 1.356,21 | 2.760 | ~427 |
| 11 | 2.760 – 3.190 | 1.437,91 | 3.190 | ~453 |
| 12 | 3.190 – 3.620 | 1.519,61 | 3.620 | ~479 |
| 13 | 3.620 – 4.050 | 1.601,31 | 4.050 | ~504 |
| 14 | 4.050 – 6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 | ~546 |
| 15 | Más de 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20 | ~607 |
Bases según el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (orden de cotización 2026). La base máxima de cotización para todos los autónomos es de 5.101,20 €/mes. La cuota estimada aplica el tipo total del 31,5% sobre la base mínima; el importe exacto de tu recibo puede variar unos céntimos por redondeo.
Tres ejemplos de cálculo
Ejemplo 1: freelance en arranque. María prevé 1.000 € netos al mes. Está en el tramo 3. Si elige la base mínima (849,67 €), su cuota ronda 268 € al mes.
Ejemplo 2: ingresos medios. Javier prevé 2.200 € netos. Está en el tramo 9. Con la base mínima (1.274,51 €), paga unos 401 € al mes.
Ejemplo 3: ingresos altos. Lucía prevé 4.500 € netos. Está en el tramo 14. Con la base mínima (1.732,03 €) paga unos 546 € al mes.
Fíjate en algo importante: la cuota crece mucho menos que los ingresos. Pasar de 1.000 a 4.500 € netos multiplica por 4,5 los ingresos, pero la cuota solo se multiplica por 2.
¿Base mínima o base más alta?
Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima. Considera:
- Base mínima: menor cuota hoy, pero también menor protección: la baja por enfermedad, el cese de actividad, la prestación por nacimiento y la futura pensión se calculan sobre lo que cotizas.
- Base más alta: mayor cuota hoy, pero mejores prestaciones y pensión. Además, la cuota es deducible en el IRPF.
- Pensar a largo plazo: si te quedan muchos años de cotización por delante, cotizar solo por el mínimo se traduce en una pensión baja.
En los artículos sobre baja por enfermedad, cese de actividad y jubilación verás cuánto cambia cada prestación con la base.
Colectivos con reglas especiales
- Autónomos societarios y familiares colaboradores: tienen una base mínima de cotización propia, superior a la general: unos 1.424 €/mes en 2026, aunque durante el año pueden mantener provisionalmente una base de 1.000 €, según el resumen de la orden publicado por la mutua Asepeyo. Confírmalo con tu mutua o la Seguridad Social.
- Nuevos autónomos con tarifa plana: pagan una cuota reducida los primeros 12 meses (ver tarifa plana).
- Pluriactividad: hay bonificaciones y reglas específicas si trabajas también por cuenta ajena.
Errores frecuentes
- Calcular los rendimientos con los ingresos brutos y no con los netos.
- No ajustar el tramo durante el año cuando cambian los ingresos.
- Ir siempre a la base mínima sin pensar en las prestaciones y la jubilación.
- No prever la regularización, que puede salir a pagar si cotizaste por debajo de lo que te correspondía.
- Olvidar que la cuota es deducible en el IRPF.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2026?
Unos 206 € al mes en el primer tramo (rendimientos hasta 670 € mensuales): es la base mínima de 653,59 € por el tipo total del 31,5%. No incluye la tarifa plana, que es inferior.
¿Puedo cotizar por más de mi tramo?
Sí, puedes elegir una base más alta dentro de tu tramo (hasta su base máxima) para mejorar prestaciones.
¿Qué pasa si me equivoco con mis ingresos previstos?
Puedes ajustar la base hasta seis veces al año y, al final, la regularización corrige la diferencia con una devolución o un pago.
¿La cuota de autónomos se paga aunque no facture?
Sí. Mientras estés de alta, la cuota se paga, tengas o no ingresos.
¿Es deducible la cuota de autónomos?
Sí, es un gasto deducible de la actividad en el IRPF (más detalle en deducción de la cuota y seguros de salud).
Fuentes oficiales para contrastar la información
- Seguridad Social: sistema de cotización de trabajadores autónomos y simulador de cuota.
- BOE: Orden PJC/297/2026 (cotización 2026): tablas de rendimientos, bases y tipos de los autónomos (artículo 18).
Última revisión: noviembre de 2026. Los importes cambian cada año; verifícalos siempre en fuentes oficiales o con un gestor. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional.